Diagnóstico del TAP o trastorno antisocial de la personalidad.
Anteriormente nos hemos encargado de definir y clasificar las características del trastorno antisocial de la personalidad (TAP), sin embargo muchas personas pueden presentar dichas características por motivos que no se asocian a una enfermedad mental, sino que las mismas estén más relacionadas a la presión social, veamos un ejemplo donde María ha hecho nuevos amigos, estos la convencen de robar algo de una casa para poder estar en el grupo, por el hecho de no perder la oportunidad de pertenecer al nuevo grupo de amigos María entra a la casa y se lleva un collar de perlas que ha conseguido en una habitación.
Quizás el ejemplo anterior parezca sacado de una película, pero la realidad se parece mucho a esta historia de María, pues ella no es diagnosticada con trastorno antisocial, es solo el modelamiento y la aceptación de su nuevo grupo de amigos lo que la motivo a cometer un acto delictivo. Es por ello que los manuales de criterios diagnósticos especifican claramente que dicho trastorno debe ser elaborado por un profesional de la salud mental psicólogo o psiquiatra, con el fin de establecer científicamente instrumentos de medición que atribuyan la conducta antisocial en las personas sometidas a las pruebas.
La asociación Americana de Psicología (APA) ha colaborado con la elaboración del manual estadístico de los trastornos mentales DSM-IV en donde se especifica los criterios que se deben cumplir para diagnosticar a una persona con trastorno antisocial, a continuamos presentamos dichos criterios.
A.- Es necesario puntualizar un patrón de desprecio y violación de los derechos por los demás que se presentan a partir de los 15 años de edad, como lo indican tres o más de los siguientes criterios.
En este primer aspecto es necesario que el psicólogo diagnostique que los comportamientos antisociales se hagan presentes antes de los 18 años de edad y que cumplan con los criterios que mencionamos a continuación.
1.- fracaso para adaptarse a las normas sociales en lo que respecta al comportamiento legal, como lo indica el perpetrar repetidamente actos que son motivo de detención
En este primer criterio nos encontramos con conductas que puedan ser sancionados por la ley, entre las más frecuentes se encuentra la violación, destrucción de bienes ajenos, agresión física o verbal, robo, hurto y acoso. En cualquiera de estas conductas es necesario puntualizar que cumple con el criterio número 1 de la sección A.
2.- deshonestidad, indicada por mentir repetidamente, utilizar un alias, estafar a otros para obtener un beneficio personal o por placer.
Los antisociales mienten frecuentemente para escapar de los conflictos que puedan tener con la autoridad, los falsos testimonios pueden llevar a actos delictivos.
3.-impulsividad o incapacidad por planificar el futuro.
En este criterio la persona no es capaz de pensar en las consecuencias de sus actos ni planificar una mejora para su futuro próximo, tiende a actuar de manera impulsiva y apresurada según sus propias necesidades.
4.- irritabilidad y agresividad, indicados por peleas repetidas o agresiones.
Sus respuestas tienden a ser causas de frustraciones por no lograr sus cometidos, es por ello que se crean conflictos que terminan en peleas, discusiones y agresiones físicas o verbales.
5.- despreocupación imprudente por su seguridad o la de los demás.
El termino empatía no figura en sus cogniciones, las personas con trastorno antisocial piensan muy poco en las consecuencias que sus actos pueden ocasionar en los demás, muchas veces en sus propios familiares y amigos así como en él mismo.
6.-irresponsabilidad persistente, indicada por la incapacidad de mantener un trabajo con constancia o de hacerse cargo de obligaciones económicas.
La inconstancia es clara en el trastorno antisocial, hacerse cargo de una responsabilidad que beneficie a otros y a él mismo no es una opción viable, por ende termina desertando y abandonando cualquier responsabilidad que se le atribuya.
7.- falta de remordimientos, tales como lo indica la indiferencia o la justificación del haber dañado, maltratado o robado a otros.
No reconoce el daño que les ha provocado a otros, porque no es capaz de sentir ninguna emoción que lo haga sentir culpable y en defensa es capaz de culpar a otros.
B.- El sujeto tiene al menos 18 años de edad.
Para ser diagnosticado con trastorno antisocial la persona debe ser mayor de edad (18 años) en caso contrario que tenga una edad por debajo de la mencionada será diagnosticado con trastorno disocial de la conducta.
C.- Existen pruebas de un trastorno disocial que comienza ante la edad de 15 años.
Es muy frecuente que los comportamientos mencionados anteriormente se hagan presente apartir de los 15 años de edad, es decir que ha presentado conductas disociales.
D.- El comportamiento antisocial no aparece exclusivamente en el transcurso de una esquizofrenia o un episodio maniaco.
Todos los comportamientos de agresión y falta de responsabilidad no son consecuencias de otros trastornos mentales como es el caso de la esquizofrenia o episodios de manía o hipomanía.
Al cumplir con la mayoría de estos criterios se puede diagnosticar al paciente con trastorno antisocial de la personalidad, estos criterios son exactos y tienden a ser modificados en actualizaciones posteriores del DSM-IV actualmente elaborado el DSM-V.
A parte del DSM-IV como guía o manual para determinar el trastorno mental en una persona, existe el CIE-10 que es avalado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y recomendado internacionalmente por la misma, aquí podemos observar otros criterios que se asemejan mucho pero tienden a variar de acuerdo con el evaluador. El CIE-10 contempla las siguientes características para el diagnóstico del trastorno disocial (antisocial).
Se trata de un trastorno de personalidad que, normalmente, llama la atención debido a la gran disparidad entre las normas sociales prevalecientes y su comportamiento; está caracterizado por:
A.- Cruel despreocupación por los sentimientos de los demás y falta de capacidad de empatía.
B.- Actitud marcada y persistente de irresponsabilidad y despreocupación por las normas, reglas y obligaciones sociales.
C.- Incapacidad para mantener relaciones interpersonales duraderas.
D.- Muy baja tolerancia a la frustración o bajo umbral para descargas de agresividad, dando incluso lugar a un comportamiento violento.
E.- Incapacidad para sentir culpa y aprender de la experiencia, en particular del castigo.
F.- Marcada predisposición a culpar a los demás o a ofrecer racionalizaciones verosímiles del comportamiento conflictivo.